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lunes, 24 de febrero de 2014

Reglamento de Ley de Ilícitos Cambios establece sanciones de prisión de dos a siete años


El reglamento de la Ley autoriza también a personas naturales o jurídicas a adquirir divisas ofertadas por Pdvsa y el BCV

Este lunes fue publicado en Gaceta Oficial el reglamento de la Ley del Régimen Cambiario y sus ilícitos, en decreto °798, que contempla sanciones de multa y prisión para quienes cometan ilícitos cambiarios en los términos dictaminados en la Ley y autoriza a personas naturales y jurídicas del sector privado a adquirir divisas ofertadas por Pdvsa y el Banco Central de Venezuela, previa autorización del Ministerio de Finanzas

En el capítulo IV, artículo 16 el reglamento establece prisión de tres a siete años y monto del doble de cualquier operación en divisas “mediante engaño, alegando causa falsa o valiéndose de cualquier medio fraudulento”. También, quien destine divisas obtenidas a operaciones diferentes a las autorizadas en su solicitud, serán sancionados con pena de prisión de dos a seis años y multa equivalente en bolívares al doble del monto de la operación.

También, quienes obtengan las divisas “mediante la violación de las normas rectoras de los procedimientos dispuestos por las autoridades competentes, serán sancionados con penas de prisión de dos a cinco años y el reintegro de las mismas al Banco Central de Venezuela.

Si para la comisión de cualquiera de los ilícitos establecidos en el decreto, se hace uso de medios electrónicos o informáticos, la pena será la del ilícito cometido aumentada de un tercio a la multa.

En otros aspectos, el artículo 4 ° del capítulo I establece que el Ejecutivo, por órgano de la Vicepresidencia de Área Económica del Consejo de Ministros, establecerá al al Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) las prioridades a las cuales debe atender en la asignación de divisas.

Asimismo, en el capítulo III, artículo 12, reglamenta la obligatoriedad de declarar ante el Cencoex toda importación, exportación, ingreso o egreso de divisas hacia y desde Venezuela por un monto superior a los $10.000,00 dólares estadounidenses.
Fuente: ElNacional
 


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sábado, 1 de febrero de 2014

Estas son las sanciones de la Ley Orgánica de Precios Justos


El pasado viernes en la Gaceta Oficial 40.340 se oficializó la Ley Orgánica de Precios Justos que será aplicada por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) a quienes vendan bienes o presten servicios. A continuación se presenta en detalle la normativa y sus sanciones:

- La inscripción en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae) es “indispensable” para poder comercializar productos y servicios en el país. En caso de infracción esta se suspenderá por un lapso de 3 meses a 10 años, según la gravedad del caso.

- El margen máximo de ganancia de cada actor de la cadena de comercialización no podrá exceder de 30 % de la estructura de costos del bien o servicio. Este límite será establecido anualmente por la Sundde.

- El margen de ganancia podrá ser variado por el Presidente de la República siempre y cuando esté en Consejo de Ministros.

- Sundde fijará las condiciones generales de la oferta, promociones y publicidad de bienes y servicios, además de la determinación de los cánones de arrendamiento “justos” de los locales comerciales.

- En caso de ocupación temporal del establecimiento por alguna infracción, el dueño continuará pagando los salarios de los trabajadores y demás obligaciones de seguridad social.

- Las divisas que sean asignadas “serán estrictamente supervisadas y controladas” para garantizar que se destinen a la actividad para las que fueron solicitadas, por lo que se firmará un “contrato de fiel cumplimiento”. En caso de infracción se revocarán estos permisos o autorizaciones por un lapso de 3 meses a 10 años, según la gravedad del caso.

Sanciones:

- De 8 a 10 años de prisión, multa entre 1.000 a 50.000 UT y ocupación del establecimiento por 180 días a quienes comercialicen a precios superiores del margen de ganancia establecido por el Sundde (Actualmente el límite es de 30 %).

- De 10 a 12 años de prisión y multa entre 1.000 a 50.000 UT a quienes desarrollen acciones que impidan la comercialización de bienes o servicios.

- De 8 a 10 años de prisión, multa de 1.000 a 50.000 UT y ocupación del establecimiento por 180 días a quienes realicen “acaparamiento” de productos para “desestabilizar la economía”.

- De 10 a 14 años de prisión a quienes recurran en el contrabando de extracción.

- De 6 a 8 años de prisión a quienes vendan o comercialicen productos nocivos para la salud o de prohibido consumo.

- De 5 a 10 años de prisión, multa de 500 a 10.000 UT y ocupación del establecimiento por 180 días a quienes “alteren la oferta y la demanda en el mercado” con la destrucción de bienes o desmejora de la calidad de servicios.

- De 1 a 3 años de prisión y multa entre 200 a 10.000 UT a quienes vendan productos alimenticios vencidos o en mal estado.

- De 4 a 6 años de prisión a quienes incurran en la usura con prestaciones que impliquen “una desventaja notoriamente desproporcionada a la contraprestación que por su parte se realiza”.

- De 4 a 6 años de prisión a los propietarios de locales comerciales que fijen cánones de arrendamiento superiores a los límites establecidos por la Sundde.

- De 4 a 6 años de prisión a quienes en operaciones de crédito obtengan comisiones y recargos de servicios de una cantidad por encima de la tasa máxima fijada por la Sundde o permitida por el Banco Central de Venezuela.

- De 4 a 6 años de prisión a quienes vendan bienes a crédito con una tasa por encima a la máxima fijada por la Sundde o permitida por el Banco Central de Venezuela.

- De 6 meses a 2 años de prisión a los proveedores que modifiquen o alteren la calidad, cantidad, peso o medida de los bienes.

- De 2 a 6 años de prisión a quienes “difundan por cualquier medio noticias falsas que empleen violencia, amenaza, engaño o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los bienes o servicios”.

- Multa entre 200 a 10.000 UT a quienes compren productos declarados de primera necesidad con fines de lucro para revenderlos a precios superiores.

- Multa de 10.000 UT y cierre del establecimiento por 90 días a quienes reincidan en algunas de las infracciones.

- Multa entre 200 y 5.000 Unidades Tributarias UT a quienes no presten colaboración necesaria o suministren información falsa al momento de la inspección.

Fuente: Globovision
 

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lunes, 13 de enero de 2014

Reformarán la Lopna para aumentar sanciones a adolescentes


Odalis Monzón, vicepresidente de la Comisión permanente de la Familia y diputada a la Asamblea Nacional, informó que se modificará la Ley Orgánica de Protección de Niños y Adolescentes (Lopna) para aumentar la pena a adolescentes que estén incursos en actos delictivos.

“Esos jóvenes que no quieren ser conscientes ni ser incorporados a la sociedad les vamos a tener que dar mano dura. Estamos en pleno proceso de reforma de la Lopna porque en estos momentos es muy flexible con las sanciones y las penas a los adolescentes”.

Según lo publicado por Noticias24, la reforma busca alargar y modificar las penas para los adolescente que hayan cometido delitos regulares y graves además de descartar el sistema de libertad asistida.

Comentó que medidas como la libertad asistida y las fianzas no representan sanción para los adolescentes que esté involucrado en prácticas ilegales como robo y homicidio.

Monzón añadió que las penas que se plantean con la reforma de la Lopna serán fijadas de acuerdo a la gravedad de la falta cometida.

Fuente: Laverdad
 
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domingo, 8 de diciembre de 2013

Gobierno acentuará sanciones sobre comercios que reincidan en sobreprecios


Vicepresidente Jorge Arreaza encabeza ofensiva económica

En un contacto con VTV, el vicepresidente Jorge Arreaza dijo que se aplicará "todo el peso" de la ley a los comerciantes que reincidan.
El vicepresidente Jorge Arreaza señaló que el Ministerio Público y el Órgano Superior para la Defensa de la Economía actuarán sobre aquellos comercios que han reincidido en prácticas de sobreprecios, usura y evasión tributaria.

Informó en un contacto con VTV que en Lámparas Mariara, ubicada en el estado Miranda, se detectó que incurre en reincidencia con la práctica de las ganancias exorbitantes.

En el CCCT, en Caracas, las autoridades realizaron también una inspección a la tienda Da-T Electronics, donde se detectó un margen de entre 17 y 43%, pero que maneja precios que no se ajustan a la realidad.

Arreaza dijo que se aplicará "todo el peso" de la ley a quienes reincidan.

Hebert García Plaza, jefe del Órgano Superior para la Defensa de la Economía, señaló por su parte que en la isla de Margarita se detectó acaparamiento de lavadoras en la Importadora Naia, C.A., productos que a más tardar el martes serán sacados para la venta controlada al público.
 
Fuente: ElUniversal
 
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